Con entrada en vigor para el 21 de marzo de 2022 (salvo excepciones), en el BOE del 21 de diciembre de 2021 se publica la Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia de conducción por puntos.
Puntos clave de la reforma de tráfico
Pérdida de puntos por uso de teléfono móvil al volante: 6 puntos.
Pérdida de puntos por no usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección: 4 puntos.
Pérdida de puntos por adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros: 6 puntos.
Pérdida de puntos por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes: 6 puntos.
La obligatoriedad del uso del casco para lo usuarios de patinetes, los cuales no podrán circular por la acera.
Prohibición de beber alcohol para menores que usen vehículos de movilidad personal (patinetes).
Prohibición de adelantamiento (rebasar en 20km/h) en carreteras convencionales.
Entrada en vigor de los cambios
Los cambios en la Ley de Tráfico entrarán en vigor a los 3 meses de su publicación en el BOE, esto es, el 21/03/2022.
Como excepciones se establece la entrada en vigor al día siguiente de su publicación, las modificaciones relativas a los artículos 75, 98, 99, 100, 101 y anexos V, VI y VII.
Artículo 75. Infracciones leves.
Artículo 98. Infracciones.
Artículo 99. Punto de contacto nacional.
Artículo 100. Intercambio de datos.
Artículo 101. Carta de información.
Anexo V: Datos de búsqueda a los que podrán acceder los órganos competentes españoles.
Anexo VI: Datos que se facilitarán por los órganos competentes españoles.
Anexo VII: Carta de Información.
