Con entrada en vigor para el 21 de marzo de 2022 (salvo excepciones), en el BOE del 21 de diciembre de 2021 se publica la Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia de conducción por puntos.
Puntos clave de la reforma de tráfico
- Pérdida de puntos por uso de teléfono móvil al volante: 6 puntos.
- Pérdida de puntos por no usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección: 4 puntos.
- Pérdida de puntos por adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros: 6 puntos.
- Pérdida de puntos por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes: 6 puntos.
- La obligatoriedad del uso del casco para lo usuarios de patinetes, los cuales no podrán circular por la acera.
- Prohibición de beber alcohol para menores que usen vehículos de movilidad personal (patinetes).
- Prohibición de adelantamiento (rebasar en 20km/h) en carreteras convencionales.
Entrada en vigor de los cambios
Los cambios en la Ley de Tráfico entrarán en vigor a los 3 meses de su publicación en el BOE, esto es, el 21/03/2022.
Como excepciones se establece la entrada en vigor al día siguiente de su publicación, las modificaciones relativas a los artículos 75, 98, 99, 100, 101 y anexos V, VI y VII.
- Artículo 75. Infracciones leves.
- Artículo 98. Infracciones.
- Artículo 99. Punto de contacto nacional.
- Artículo 100. Intercambio de datos.
- Artículo 101. Carta de información.
- Anexo V: Datos de búsqueda a los que podrán acceder los órganos competentes españoles.
- Anexo VI: Datos que se facilitarán por los órganos competentes españoles.
- Anexo VII: Carta de Información.